CONGRESO DE LA NACIÓN

Ley de etiquetado frontal: ¿por qué los organismos internacionales señalan que es una herramienta clave?

Política 04/10/2021 Hora: 23:08
Ley de etiquetado frontal: ¿por qué los organismos internacionales señalan que es una herramienta clave?
Ley de etiquetado frontal: ¿por qué los organismos internacionales señalan que es una herramienta clave?

Tras ser aprobada en octubre de 2020 por el Senado, la iniciativa que promueve el etiquetado frontal de alimentos fue incluida en el temario de la sesión de la Cámara de Diputados el martes 5 de octubre. En la Argentina, la mitad de los niños y niñas tiene sobrepeso u obesidad al terminar el ciclo escolar primario, y casi el 15% de los niños menores de 5 años tiene exceso de peso -cifra que se extiende al 41,1% en la población de 5 a 17 años-. Estos datos provienen de la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud del Ministerio de Salud de la Nación de 2019 (última disponible).

Unicef, la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) solicitaron aprobar el proyecto ya que se trata de “una herramienta clave para que las personas puedan acceder a la información que les permita tomar las mejores decisiones para el cuidado de su salud”.

Sobre el proyecto y la situación del país
El régimen de “Promoción de la Alimentación Saludable”, como se denomina el proyecto, ordena -entre otras cosas- incluir sellos en forma de octágonos negros al frente de los envases de aquellos alimentos que posean altos niveles de azúcares, sodio, grasas y/o calorías.

Además, y en línea con iniciativas similares de países de la región, como Chile, la iniciativa legislativa establece que deportistas, celebridades o personajes de dibujos animados no podrán figurar en publicidades de consumo positivo de productos perjudiciales para la salud (más información acá). En mayo último, Unicef publicó un informe que revela que 1 de cada 2 chicos y chicas en la Argentina dice haber comprado un alimento poco saludable porque lo vio en una publicidad.

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Tanto Unicef como la OPS/OMS y la FAO apoyaron la iniciativa y solicitaron a la Cámara baja su aprobación por considerarla “una medida clave para la prevención de la creciente epidemia de obesidad en niños, niñas y adolescentes, y de otras enfermedades que afectan a la población argentina”.

La obesidad es un factor de riesgo determinante de enfermedades crónicas no transmisibles, como diabetes, cáncer, enfermedades cardiovasculares, trastornos músculo esqueléticos y enfermedades respiratorias, advierte la OMS.

En la Argentina, la mitad (49,3%) de los niños y niñas tiene sobrepeso u obesidad al terminar el ciclo escolar primario, según la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud del Ministerio de Salud de la Nación. Además, según la misma encuesta, un 13,6% de los niños menores de 5 años tiene exceso de peso y la cifra se extiende al 41,1% en la población de 5 a 17 años.

Los principales actores en contra del proyecto de ley provienen de la industria alimenticia. Entre ellos, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), desde donde aseguraron en un comunicado que “los modelos aislados que preconizan la demonización de los alimentos, lejos de cumplir sus objetivos, constituirán un daño en los consumidores al proporcionar información incorrecta”.

“Esta es una herramienta clave para que las personas puedan acceder a la información que les permita tomar las mejores decisiones para el cuidado de su salud”, afirmó sin embargo el representante interino de la OPS/OMS en la Argentina, Paolo Balladelli.

El proyecto no pierde estado parlamentario en 2021
En octubre de 2020, el Senado aprobó el proyecto, que fue girado a Diputados. El 13 de julio último, se emitió dictamen favorable en un plenario de las comisiones de Legislación General, de Acción Social y Salud Pública, Industria y Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia y de Industria de la Cámara baja. Aún no fue tratado en el recinto. 

El 24 de septiembre último, la Fundación Interamericana del Corazón (FIC) publicó un comunicado en el que alertaba que “en 2 meses el proyecto pierde estado parlamentario”, pero esto no es así.

“La última parte del primer párrafo del artículo 1º de la Ley de Caducidad dice que si el proyecto tiene media sanción tiene un año más de vigencia”, explicó el senador Julio Cobos (Unión Cívica Radical), uno de los autores del proyecto.

La Ley 23.821, modificatoria de la Ley de Caducidad, indica que “todo proyecto de ley sometido a la consideración del Congreso que no obtenga sanción en una de sus Cámaras durante el año parlamentario en que tuvo entrada en el cuerpo o en el siguiente, se tendrá por caducado”. Sin embargo, acto seguido precisa: “Si [el proyecto] obtuvo sanción en alguna de ellas en el término indicado, éste se prorrogará por un año más”.

Estela Catalano, secretaria Administrativa de la Comisión de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados, precisó que, en caso de no tratarse antes del recambio de autoridades, lo que se caen son los dictámenes de Comisión del proyecto, no su estado parlamentario. “De no tratarse antes del 10 de diciembre, el dictamen que ya está caería y por lo tanto habría que volver a sacar un nuevo dictamen al siguiente año”, dijo Catalano.

Hay un último aspecto técnico a considerar. La diputada nacional Brenda Austin (Unión Cívica Radical), integrante de la Comisión de Legislación General, explicó a Chequeado que la iniciativa se compone de diferentes proyectos de base de los años 2019 y 2020. 

“Si lo que se toma de base es lo de 2019, los 2 años parlamentarios [durante los cuales la iniciativa no vence] son 2019 y 2020, más la extensión hasta 2021 por la media sanción. Si lo que se toma, en cambio, son los últimos proyectos ingresados, la media sanción mantendría vigencia hasta 2022. Hay algunos antecedentes previos donde lo que se computa es este último. De este modo, en principio no perdería vigencia la media sanción [a fin de año]”, explicó Austin.

Finalmente, desde el bloque del Frente de Todos convocaron a una sesión especial para el próximo martes 5 de octubre y, entre los temas a tratar, se encuentra la media sanción del proyecto de Etiquetado Frontal.


De qué se trata la Ley de Etiquetado Frontal
 

Entre los puntos más salientes, la ley de etiquetado frontal Argentina advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.

También, la ley de etiquetado frontal Argentina 2021 promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles al prohibir la publicidad, promoción y patrocinio de todos los productos que tengan uno de los nutrientes críticos en exceso.

De esta forma, los productos no se van a poder publicitar para niños, niñas y adolescentes y tampoco en las escuelas.

(Chequeado / SudOeste B.A.)

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