Ahora Sí: el Fondo de Infraestructura Municipal es un Fondo de Infraestructura... Municipal

El Gobierno bonaerense especificó que el FIM será “destinado a financiar total o parcialmente obras municipales de infraestructura” y “en ningún caso el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos en gastos corrientes”.

Política 12/04/2022 Hora: 00:00
Ahora Sí: el Fondo de Infraestructura Municipal es un Fondo de Infraestructura... Municipal
Ahora Sí: el Fondo de Infraestructura Municipal es un Fondo de Infraestructura... Municipal

Los recursos del Fondo de Infraestructura Municipal (FMI) “deberán ser destinados por los municipios al financiamiento -total o parcial- de obras municipales de infraestructura”; así lo dispuso el Gobierno bonaerense, además especificó los pasos que deberán cumplimentar los distritos para obtener los recursos, los plazos para presentar las iniciativas y la manera en que se realizarán los desembolsos.

El Ministerio de Infraestructura recordó que, en el Presupuesto 2022, se creó para el actual ejercicio el FIM, “destinado a financiar total o parcialmente obras municipales de infraestructura” por la suma de $17.000 millones. Ese monto está destinado a financiar obras de infraestructura en materia hidráulica, vial, de energía, de transporte, de vivienda, sanitaria y hospitalaria, arquitectura y que en “en ningún caso el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos en gastos corrientes”.

 

FIM: cómo se realiza la asignación a cada municipio

Por un lado, la norma indica que la asignación del FIM se realizará a cada municipio de acuerdo a un coeficiente combinado compuesto en un 50% aplicando el Coeficiente Único de Distribución, y el restante 50% conforme a los ingresos corrientes percibidos durante el ejercicio 2019. De esta forma, el Gobierno bonaerense se asegura que la distribución sea equitativa mediante un cálculo objetivo.

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FMI: cómo acceden los municipios al financiamiento

Los municipios, para acceder al FIM, deben:

  • Acreditar la titularidad, posesión o uso “del predio donde se asentará o realizará la obra solicitada” con el financiamiento bonaerense.
  • Presentar ante la Autoridad de Aplicación la solicitud de los proyectos de obra a realizar mediante una nota suscripta por el Intendente, e informar la cuenta bancaria específica para el depósito de los fondos, perteneciente al Banco de la Provincia de Buenos Aires.
  • Acompañar la solicitud con una memoria descriptiva, memoria técnica, planos, plan de trabajo, cómputo y presupuesto y la acreditación de la titularidad, posesión o uso del predio donde se asentará o realizará la obra solicitada.
  • Suscribir la documentación por un profesional con título habilitante con incumbencia en el objeto de la obra y por el secretario de obras públicas o funcionario que haga sus veces.
  • Además, Autoridad de Aplicación podrá solicitar información y documentación adicional vinculada a los proyectos de obra que solicitan financiación delFIM, la cual deberá encontrarse suscripta por el intendente o el secretario de obras públicas o funcionario que haga sus veces.

FIM: cómo reciben los municipios el financiamiento

Una vez que el proyecto de la obra es aprobado por el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, la Dirección de Subsidios y Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado, el municipio podrá comenzar a solicitar los desembolsos de dinero para avanzar con la obra en cuestión.

El primer desembolso del FIM que el municipio puede solicitar es de hasta un 30% del monto subsidiado, y 20% en un segundo desembolso, a partir del 30 de junio del 2022.

 

FIM: los desembolsos adicionales

Los desembolsos adicionales del FIM que sean solicitados por los municipios con posterioridad al 23 de junio de 2022, serán procesados por la Autoridad de Aplicación en un plazo máximo de 21 días corridos a partir de la fecha de su presentación.

Pero, esos montos de los desembolsos para obras del Fondo de Infraestructura Municipal, no podrán exceder, en conjunto, al 50% del valor definitivo de la obra.

(Diputadosbsas)

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