EXCESO HÍDRICO

El Gobierno nacional declara la emergencia agropecuaria en doce partidos de la provincia de Buenos Aires por inundaciones

La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece el estado de emergencia o desastre desde el 1 de marzo hasta el 31 de agosto en amplias zonas del centro-oeste y el sudoeste bonaerense. La decisión era largamente esperada por los productores afectados por el exceso hídrico.

Agro 04/09/2025 Hora: 10:11
El Gobierno nacional declara la emergencia agropecuaria en doce partidos de la provincia de Buenos Aires por inundaciones
El Gobierno nacional declara la emergencia agropecuaria en doce partidos de la provincia de Buenos Aires por inundaciones

El Ministerio de Economía de la Nación oficializó la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en once partidos de la provincia de Buenos Aires, afectados por inundaciones entre marzo y agosto de 2025. La medida, que quedó formalizada a través de la Resolución 1305/2025 publicada en el Boletín Oficial,  era un reclamo del sector productivo que necesitaba el aval del gobierno central para acceder a los beneficios de la Ley 26.509, que contempla asistencia y alivios fiscales.

La declaración rige desde el 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2025, y abarca a explotaciones agropecuarias de zonas específicas en los partidos de:

  • Puan: Circunscripciones VII, VIII, IX y X.
  • Tornquist: Circunscripciones IV y V.
  • Nueve de Julio: Circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV.
  • Carlos Casares: Circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI.
  • General La Madrid: Circunscripciones II, III, IV, IX, X, XI y XII.
  • Coronel Suárez: Circunscripciones III, IV, V, X, XI, XII y XIV.
  • Guaminí: Circunscripciones II, III, IV, V, VII, VIII y IX.
  • Bolívar: Circunscripciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII.
  • Tapalqué: Circunscripción VIII.
  • Veinticinco de Mayo: Circunscripciones II, III, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII.
  • Saladillo: Circunscripciones III, IV, V, VI, VII, VIII y IX.
  • Roque Pérez: Circunscripciones III, IV, V, VII y VIII.

La medida era una de las principales demandas de las entidades rurales, que alertaban sobre la situación crítica de miles de hectáreas bajo el agua, con campos anegados y caminos intransitables que complicaban la producción y el transporte de granos y ganado. La declaración de emergencia es el primer paso para que los productores puedan acceder a la asistencia del Fondo Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que brinda apoyo financiero y técnico para mitigar los daños sufridos.

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