Impuesto Inmobiliario ¿Quiénes y por qué pagarán doble la última cuota en la provincia de Buenos Aires?
La duplicación del Impuesto Inmobiliario urbano y rural vuelve a aplicarse por la prórroga de la ley impositiva y alcanza a partidas de mayor valuación fiscal.
La última cuota del Impuesto Inmobiliario, tanto en su versión urbana como rural, experimentará nuevamente un aumento del 100% para las propiedades de mayor valuación fiscal, replicando la situación del año pasado. La prorrogación de esta medida se produce debido a la falta de aprobación del nuevo paquete fiscal y del Presupuesto.
Criterios de aplicación para el Impuesto Inmobiliario
En el Inmobiliario Urbano Edificado, este adicional se activará cuando la base imponible del inmueble supere los $31.465.000, lo que afecta al 8,72% de las 5.335.124 partidas, es decir, 465.338 casos. Por su parte, el Inmobiliario Rural contempla un pago extra cuando la base imponible de la tierra libre de mejoras supera los $39.096.756, un criterio que afecta al 12,01% del total, lo que equivale a 37.433 de las 311.635 partidas.
Originalmente, este adicional fue establecido como una disposición especial en la ley impositiva votada en 2023 con vigencia para 2024. Sin embargo, al no ser eliminado por la Legislatura debido a la no aprobación del nuevo proyecto fiscal, se mantiene vigente.
Los límites de este monto extra son diferenciados de acuerdo con el tipo de inmueble:
- Para el Urbano Edificado, el adicional no podrá superar el 20% del impuesto anual determinado.
- En el Rural, el límite es del 25% sobre el impuesto liquidado.
Desde la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), se indicó que estos topes son necesarios para “asegurar previsibilidad” a los contribuyentes y limitar el alcance del adicional a los segmentos de mayor valuación. Esto implica que la cuota adicional será equivalente a la última emitida, resultando en una duplicación del monto final.
Consulta para los contribuyentes afectados
Los contribuyentes que deseen verificar si están sujetos a este nuevo cobro pueden hacerlo accediendo al portal de ARBA en la sección de “Inmobiliario adicional”. Es importante destacar que las propiedades rurales que hayan recibido una exención total o parcial por emergencias o desastres agropecuarios contarán con un descuento proporcional en la cuota adicional, conforme al porcentaje y período del respectivo decreto.
Los vencimientos y bonificaciones vigentes son los siguientes:
- Urbano Edificado (cuota 5): reprogramado para el 25 de noviembre de 2025.
- Rural (cuota 4): prorrogado hasta el 18 de diciembre de 2025.
Además, se mantienen bonificaciones de hasta el 10% para quienes paguen en término y estén adheridos al débito automático. También se contempla una bonificación por pago anual, que se aplica inclusive al adicional pertinente.




