Fiestas de Fin de Año
Prohiben la venta de Pirotecnia en Guaminí
Sociedad
23/12/2022
● Hora: 17:51
Así lo dispone la ORDENANZA 46/2016 y en el marco de las Fiestas de Fin de Año, recordamos la letra de la normativa:
- Está prohibida la fabricación, tenencia, guarda, acopio, depósito, venta o cualquier modalidad de comercialización mayorista o minorista, circulación, transporte y el uso particular de elementos de pirotecnia y cohetería.
INFRACTORES:
- Quien infrinja dicha Ordenanza, será multado con entre 1 y 50 salarios mínimos del personal municipal. Además, se procederá al decomiso e inmediata inutilización de la mercadería.
- En caso de venta, además de multa, se inhabilitará el lugar por un plazo de 15 a 45 días.
- Quien reincidiere será sancionado y de corresponder, se efectivizará la clausura definitiva del local comercial o revocación del permiso de venta ambulante.
EXCEPCIONES:
- Queda exceptuada la prohibición para la realización de grandes espectáculos de fuegos de artificio destinados a entretenimientos de la comunidad o conmemoración de eventos especiales.
- Los mismos deberán contar con autorización previa del Departamento Ejecutivo Municipal, el que extenderá una habilitación temporaria por los días del espectáculo y en el lugar de emplazamiento que se determine, debiendo ser manipulado u operado por personal especializado y de acuerdo a las medidas de seguridad vigentes.
- La excepción alcanza a quienes la utilicen para salvataje, señalamiento y/o alarma.
Por ello, la normativa invita a disfrutar de estas fechas tan especiales de manera segura; pensando en el cuidado y el respeto al otro y a la naturaleza. FESTEJAR RESPONSABLEMENTE NOS INVOLUCRA A TODOS.
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