UPOV 91

Ley de Semillas: El Gobierno invita a productores para el debate de la reglamentación tras el rechazo de entidades agrarias

La Secretaría de Agricultura sostuvo en un comunicado que “El sector de los obtentores no reglamenta ni establece los criterios de interpretación, ni tampoco los alcances del derecho”, tal declaración no fue suficiente para lograr la adhesión de entidades rurales.

Agro 29/01/2024 Hora: 21:16
Ley de Semillas: El Gobierno invita a productores para el debate de la reglamentación tras el rechazo de entidades agrarias
Ley de Semillas: El Gobierno invita a productores para el debate de la reglamentación tras el rechazo de entidades agrarias

La UPOV es la "Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales", una organización intergubernamental con sede en Ginebra (Suiza), creada con el fin de fomentar un sistema eficaz para la protección de las variedades vegetales. La UPOV 91 es acta que se firmó en 1991 donde se establece un marco regulatorio "ejemplo" para conseguir ese fin.

La última modificación de la Ley Ómnibus del gobierno de Javier Milei quitó el capítulo sobre la suba de retenciones al campo argentino, celebrado por unanimidad, pero introdujo una nueva polémica: "La República Argentina adhiere a la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV), ACTA 1991".

 
El dilema acá es el "uso propio" de las semillas y la histórica disputa por reconocer de forma extendida la propiedad intelectual de quien desarrolló esa misma semilla, para el caso de los cultivos autógamos.

Según la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, "adherir al acta 1991 protege la propiedad intelectual de los obtentores públicos y privados, genera ingresos para continuar invirtiendo en nuevas variedades y garantiza el uso propio por parte de los agricultores".

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"Antes de su reglamentación, toda la cadena (incluido productores) van a consensuar los criterios de excepción al pago de uso propio. Significa, por ejemplo, que van a acordar quienes NO tendrán que pagar por la tecnología de acuerdo a volumen de producción, hectáreas producidas, categorías impositivas, u otros posibles criterios", sostuvo la Secretaría mediante un comunicado.

Por su parte desde la comisión de granos de CARBAP decidieron RECOMENDAR LA NO ADHESION AL UPOV 91 y excluir dicho artículo de la Ley de Bases que está en tratamiento en el Congreso de la Nación.

En la misiva sostiene que entre todos los actores de la actividad agrícola deben consensuar una actualización de la Ley de Semillas, sin imposiciones ni atajos, manteniendo el respeto y el equilibrio por los derechos de cada eslabón de la cadena.  


Desde la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca se informó que en el marco de la “Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, el artículo 210 establece la adhesión a UPOV ACTA 1991. Además, en el artículo 210 bis establece la aceptación de la facultad del USO PROPIO por parte de los agricultores.

Además agrega que, la adhesión a UPOV ACTA 1991, modificará solo el Capítulo V de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas (Ley 20.247). En este marco sostiene la cartera agraria que mediante decreto reglamentario de la presidencia se establecerán los criterios para las excepciones al pago por el uso propio. De esta manera, quedará claramente establecido que el uso propio es legal y oneroso para determinados actores; y en la reglamentación quedarán establecidos los agricultores excluidos del pago por uso propio.

 

El debate ya comenzó, La Ley de semillas en definitiva pone en disputa el control y el futuro de la agricultura en nuestro país, así como en el mercado internacional de alimentos.

 

 

(SudOesteB.A. con información de Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación; Diario con Vos e InfoCampo)

 

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